diumenge, 31 d’agost del 2014

2. Políticas públicas para una cultura libre. 

¿Alguna vez soñaste con un proyecto de cultura libre que se desarrolle desde el sector público?
Mi proyecto de cultura libre consiste en un apuesta por el arte urbano o street art a partir de la cesión pública de espacios para su desarrollo. Aunque a primera vista pueda parecer una contradicción por la naturaleza de dicha expresión artística, perseguida con asiduidad, no es así puesto que es un proyecto que va más allá. 
 Los propósitos que se quieren alcanzar con esta apuesta cultural son los siguientes: 
- Favorecer el desarrollo creativo de los creadores. 
- Colaboración con los institutos y centros de jóvenes de los barrios para incentivar a los más jóvenes
- Dotar de espacios y infraestructuras para el desarrollo de la expresión y la creatividad. 
- Fomentar vías alternativas de arte y expresión desde las esferas públicas y municipales. 
- Comprensión de la ciudad como entorno cultural y de uso común. 
- Valoración del entorno urbano. 
- Mejorar la estética de la ciudad. 

Para la aplicación de dicha propuesta se aplicarían las siguientes políticas públicas: 
- La recuperación de espacios urbanos para que sean los propios ciudadanos los que desarrollen proyectos culturales. Para ello, se recurrirá a espacios inutilizados y degradados de la ciudad para su uso común y social a través del arte. 
Plataformas para la promoción y distribución de obras, como las redes sociales. Así pues, facilitar el acceso libre y gratuito a Internet, con el fin de dar a conocer a creadores y sus obras al público. 
- Implicación de los diferentes agentes sociales: Ayuntamiento, centros educativos, asociaciones de vecinos y creadores en dicho proyecto cultural con finalidad de cooperar y colaborar juntos. 
- Fomentar el consumo cultural. Una buena muestra de esta política, seria la gestión pública para acordar y regular la implicación de las empresas privadas para su consumo de este tipo de arte. Bien sea como marca publicitaria, como diseño y/o decoración del local, como diferenciación de la marca o simplemente como valor estético. 

En resumen, se trata de apostar por un tipo de arte que no goza, en la mayoría de los casos, con el apoyo de las administraciones públicas con el fin de reivindicar una apuesta cultural independiente



diumenge, 24 d’agost del 2014

1. ¿Qué es la cultura libre?

Un ejemplo que nos ayudará a su definición, se trata de una noticia publicado en el diario El Público:

La música libre escapa de la SGAE

Una sentencia establece que la entidad no puede cobrar por canciones 'copyleft'

10/02/2009

  • ¿Por qué un establecimiento debe pagar un canon a la SGAE por la totalidad de la música que reproduce en su local si sólo el 14% de la misma se corresponde a autores representados por esta entidad? Daniela Valdés, propietaria del bar Espiral Pop , en Madrid, hace tiempo que intenta no utilizar música cuyos derechos de autor son gestionados por la SGAE. Mientras utiliza canciones con licencia copyleftcontribuye al conocimiento público de unos artistas que no suelen escucharse en los medios tradicionales. A la vez, como impone la lógica, no está obligada a abonar la cuota correspondiente a la SGAE por la comunicación pública de las obras musicales de sus socios.

Desde la semana pasada, además de la lógica, Valdés tiene una sentencia que contempla y establece el criterio de prorrata, es decir, que el propietario del local sólo debe abonar a la SGAE por emitir la música de los socios de esta entidad, y no por la totalidad de la misma. En la demanda, que se remonta a julio de 2007, la SGAE sólo pudo certificar que 14 de los 81 autores cuya música se había emitido en Espiral Pop eran socios de su entidad o de organismos a los que representaba. Más allá de las cantidades demandadas, la importancia de la sentencia estriba en que, pese a que puede apelarse, se trata de la primera que contempla los supuestos de una sala que emite una mezcla de cancionescopyleft y copyright.

Se trata de la primera sentencia que contempla el criterio de prorrata

La SGAE no ha estado obligada a demostrar tradicionalmente que representaba a los autores. Para ello, se utilizaba el concepto de legitimación colectiva, aquel que supone que esta entidad representa a la inmensa mayoría de los autores. No obstante, la proliferación de Internet ha llevado a miles de grupos a lanzar sus canciones bajo una licencia copyleft que establece, entre otros supuestos, la libre distribución o reproducción de los temas.
"Durante muchos años lo habitual ha sido suponer que todos los artistas se acogían al paraguas de la SGAE cuando ahora esta situación ha cambiado", afirma el abogado defensor de Valdés, Javier de la Cueva, que también puntualiza que los autores socios de la SGAE tienen un contrato que les impide lanzar sus obras bajo licencia copyleft.
De la Cueva, especializado en nuevas tecnologías, sostiene que, con el fundamento de esta sentencia, se abren nuevos posibilidades para las salas que quieran ofertar músicacopyleft uno o varios días por semana. "Se observa el caso de establecimientos que sólo emiten obras sujetas a copyright los fines de semana", especifica. En este sentido, De la Cueva añade la importancia de la evolución de la judicatura con sentencias de este tipo:"Empiezan a ser conscientes de que las obras copyleft no son un asunto minoritario", añade.
Musicalibre.es es uno de los ejemplos de las opciones que se abren tras el conceptocopyleft. Consiste en una base de datos de canciones creada para ayudar a que los autores contacten con el público. Con una licencia llamada LML (Sistema gratuito de Licenciamiento y Registro Copyleft), utiliza métodos de cifrado para avalar la autoría de una canción. Los artistas que introducen sus canciones en este sistema aceptan que éstas se difundan gratis sin fines comerciales.
http://www.publico.es/199372/la-musica-libre-escapa-de-la-sgae

La noticia ilustra muy bien los términos de copyright, defendidos por la SGAE, y el copyleft, la música de este local de Madrid.

La SGAE es la Sociedad General de Autories y Editores, una entidad privada que se dedica "a la defensa y gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual" de sus asociados. Actualmente cuenta, según su página web, con más de 106.000 socios.

Durante años, la SGAE ha emprendido un ardua batalla por cobrar los derechos de autor a todo aquel que hiciera uso, desde bares incluso a eventos privados como bodas. ¿Por que? La respuesta es que se sienten legitimados a proteger las obras y a cobrar una legitimación por su uso, distribución, comunicación, transformación y copia privada.

En contra oposición a esta tendencia, surge el copyleft, una licencia libre que permite acceder, copiar, modificar y distribuir las obras y las adaptaciones de la mismas. Este concepto se enmarca dentro de lo que consideramos una cultura libre puesto que implica el acceso, disfrute y transformación de un patrimonio cultural. Una muestra ilustrativa seria, como comentada la noticia, Musicalibre.es, un plataforma que ayuda a a la difusión musical sin ánimo de lucro.